Enlaces Institucionales
Portal de educación Directorio de Centros Recursos Educativos
SECRETARÍA » Programa RELEO PLUS curso 2025/2026
SECRETARÍA
Programa RELEO PLUS curso 2025/2026

RELEO PLUS CURSO 2025/2026

Convocatoria RELEO PLUS curso 2025/2026

Plazo de presentación de solicitudes: del 9 al 31 de enero de 2025 (ambos inclusive)

Para esta convocatoria NO hay borradores de solicitud en los centros. La solicitud hay que generarla en la aplicación que  hay habilitada en EDUCACYL, no será válida ninguna solicitud con datos manuscritos que no hayan quedado registrados en la aplicación.

Las solicitudes deben ser firmadas por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.

Las solicitudes se pueden presentar de forma presencial, preferentemente en la secretaría del centro docente en el que se encuentra matriculado el alumno en el curso 2024/2025.

También se pueden presentar de forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Si se teletramita la solicitud habrá que adjuntar el Documento nº 2: Recogida de Firmas.

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Acceso al Portal "Programa de gratuidad de libros de texto RELEO PLUS curso 2025/2026, en este enlace se encuentra toda la información referida al Programa así como el acceso a la aplicación de solicitud.

En las siguientes fotografías se puede ver dónde se encuentra localizado el número de soporte del DNI 

Beneficiarios del Banco de Libros: No obtienen la ayuda por superar el límite de ingresos máximos señalados en la convocatoria y tienen derecho a los libros siempre y cuando sobren después de haber entregado los libros a los alumnos que tienen derecho a la ayuda.

Beneficiarios de Ayuda: Tienen derecho a todos los libros y a los cuadernillos asociados a los mismos. Tienen que presentar la factura de la compra en la Secretaría del instituto tal y como se indica más abajo para que les sea abonado el importe correspondiente. Es muy importante tener en cuenta los requisitos que deben de cumplir las facturas para que sean abonadas.

El alumnado que haya solicitado el cobro por el Centro y sea adjudicatario de ayuda NO tiene que comprar los libros ya que se los facilitará el Centro.

"El alumnado beneficiario de estas ayudas recibirá como ayuda en especie los libros de texto del Banco de libros ubicado en el centro donde curse sus estudios o en el centro público al que esté adscrito el centro privado no sostenido con fondos públicos al que asista, y solo en el caso de que en el Banco no se dispusiera de las existencias requeridas, se le entregará una ayuda dineraria por el importe de la adquisición de los libros necesarios con el límite establecido en el apartado sexto y previa justificación. La concesión de ayudas dinerarias será por tanto subsidiaria para aquellos beneficiarios con derecho al uso gratuito de libros de texto que no puedan recibir libros del Banco por no haber existencias. 

En ningún caso se podrá elegir el tipo de ayuda a recibir, de modo que los beneficiarios que rechacen la ayuda en especie perderán tal condición y no recibirán tampoco ayuda dineraria."

FACTURAS: El plazo de entrega de las facturas correspondientes a los libros adquiridos, también son subvencionables los cuadernillos asociados a los libros de texto, se extiende desde el día 1 al 26 de septiembre de 2025.

  • Las facturas deberán estar expedidas a nombre del solicitante de la ayuda, deberán de figurar los datos identificativos del mismo (nombre, apellidos, DNI/NIE) así como el curso al que corresponden los libros adquiridos y el "Pagado" debidamente firmado por la empresa suministradora del material, en caso de que no figure el "Pagado" se deberá de entregar justificante de pago.
  • No podrá figurar ningún material no subvencionable (cuadernos, bolígrafos, libros de lectura...) ni libros correspondientes a otro alumno; SI son subvencionables el libro de actividades asociado al libro de texto y los libros digitales.
  • Quienes adquieran los libros a través de empresas que operan por Internet, deberán de aportar el justificante de pago del banco. NO olvidar facilitar el DNI/NIE a estas empresas para que puedan expedir la factura de forma correcta.
  • En la Secretaría del Centro deberán de solicitar el documento justificativo que se entregará junto con la/s factura/s.

 

PETICIÓN DE LIBROS

Se marcarán únicamente las asignaturas que se vayan a cursar, en el impreso de solicitud figurarán tanto los datos del alumn@ como del/de la padre/madre/tutor/tutora y estará firmado por el/la mismo/a.

Petición libros 1º ESO            Petición libros 2º ESO               Petición libros 3º ESO

Petición libros 4º ESO            Petición libros 3º DIV                Petición libros 4º DIV

Material subvencionable: Libros de texto y cuadernillos de actividades asociados a los libros de texto, tanto en formato papel como en formato digital.

 

Acceso Directo Portal de Educación

Creación Banco de Libros: Decreto 3/2019 de 21de febrero

Enlaces Institucionales
Portal de educación Directorio de Centros Recursos Educativos