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Programa RELEO PLUS curso 2024/2025

RELEO PLUS CURSO 2024/2025

Listado Definitivo Beneficiarios Programa Releo Plus Curso 2024/2025 (Pincha para acceder)

Listado Definitivo Candidatos a Banco de Libros en el Programa Releo Plus Curso 2024//25 (Pincha para acceder) 

Listado Definitivo Excluidos Programa Releo Plus Curso 2024/25(Pincha para acceder)

Plazo de presentación de recursos: del 5 de junio al 4 de julio. El recurso se cumplimentará en el enlace que está disponible en el Portal de Educación y en la Sede electrónica. Una vez cumplimentado podrán generar el PDF y presentarlo presencialmente en un registro o podrán teletramitar con el certificado digital. NO SE PUEDEN PRESENTAR LOS RECURSOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS. NO SE PRESENTAN RECURSOS DE MANERA MANUSCRITA.

Acceso al Portal "Programa de gratuidad de libros de texto RELEO PLUS curso 2024/2025

 Curso 2023/2024

 FECHAS DEVOLUCIÓN LIBROS

Artículo 12. Incumplimiento del alumnado participante en el programa, de la ORDEN EDU/167/2019, de 26 de febrero, por la que se regula la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto «RELEO PLUS» y se establecen las bases reguladoras de las ayudas en él incluidas:

"1. El incumplimiento del beneficiario en los casos determinados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, dada la naturaleza de la ayuda, dará lugar al reintegro total de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente.

2. Con independencia de lo establecido en el apartado 1, el incumplimiento del compromiso del alumnado participante en el Programa de gratuidad de libros de texto «RELEO PLUS» de entregar los libros subvencionados en el centro, una vez que finalice el curso, con objeto de que estos pasen a formar parte del Banco de libros de texto y material curricular de Castilla y León, podrá determinar la imposibilidad de participar en sucesivas convocatorias del programa, previa la correspondiente resolución."

EDUCACYL

Beneficiarios del Banco de Libros: No obtienen la ayuda por superar el límite de ingresos máximos señalados en la convocatoria y tienen derecho a los libros siempre y cuando sobren después de haber entregado los libros a los alumnos que tienen derecho a la ayuda.

Beneficiarios de Ayuda: Tienen derecho a todos los libros y a los cuadernillos asociados a los mismos. Tienen que presentar la factura de la compra en la Secretaría del instituto tal y como se indica más abajo para que les sea abonado el importe correspondiente. Es muy importante tener en cuenta los requisitos que deben de cumplir las facturas para que sean abonadas.

El alumnado que haya solicitado el cobro por el Centro y sea adjudicatario de ayuda NO tiene que comprar los libros ya que se los facilitará el Centro.

"El alumnado beneficiario de estas ayudas recibirá como ayuda en especie los libros de texto del Banco de libros ubicado en el centro donde curse sus estudios o en el centro público al que esté adscrito el centro privado no sostenido con fondos públicos al que asista, y solo en el caso de que en el Banco no se dispusiera de las existencias requeridas, se le entregará una ayuda dineraria por el importe de la adquisición de los libros necesarios con el límite establecido en el apartado sexto y previa justificación. La concesión de ayudas dinerarias será por tanto subsidiaria para aquellos beneficiarios con derecho al uso gratuito de libros de texto que no puedan recibir libros del Banco por no haber existencias. 

En ningún caso se podrá elegir el tipo de ayuda a recibir, de modo que los beneficiarios que rechacen la ayuda en especie perderán tal condición y no recibirán tampoco ayuda dineraria."

FACTURAS: El plazo de entrega de las facturas correspondientes a los libros adquiridos, también son subvencionables los cuadernillos asociados a los libros de texto, se extiende desde el día 2 al 27 de septiembre de 2024.

  • Las facturas deberán estar expedidas a nombre del solicitante de la ayuda, deberán de figurar los datos identificativos del mismo (nombre, apellidos, DNI/NIE) así como el curso al que corresponden los libros adquiridos y el "Pagado" debidamente firmado por la empresa suministradora del material, en caso de que no figure el "Pagado" se deberá de entregar justificante de pago.
  • No podrá figurar ningún material no subvencionable (cuadernos, bolígrafos, libros de lectura...) ni libros correspondientes a otro alumno; SI son subvencionables el libro de actividades asociado al libro de texto y los libros digitales.
  • Quienes adquieran los libros a través de empresas que operan por Internet, deberán de aportar el justificante de pago del banco. NO olvidar facilitar el DNI/NIE a estas empresas para que puedan expedir la factura de forma correcta.
  • En la Secretaría del Centro deberán de solicitar el documento justificativo que se entregará junto con la/s factura/s.

 

PETICIÓN DE LIBROS

Se marcarán únicamente las asignaturas que se vayan a cursar, en el impreso de solicitud figurarán tanto los datos del alumn@ como del/de la padre/madre/tutor/tutora y estará firmado por el/la mismo/a.

Petición libros 1º ESO            Petición libros 2º ESO               Petición libros 3º ESO

Petición libros 4º ESO            Petición libros 3º DIV                Petición libros 4º DIV

Material subvencionable: Libros de texto y cuadernillos de actividades asociados a los libros de texto, tanto en formato papel como en formato digital.

 

Acceso Directo Portal de Educación

Creación Banco de Libros: Decreto 3/2019 de 21de febrero

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