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BACHILLERATO EXCELENCIA EN IDIOMAS » Acceso y Procedimiento
BACHILLERATO EXCELENCIA EN IDIOMAS
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  QUÉ ES EL BIE   ACCESO Y PROCEDIMIENTO   ADMISIÓN   PLAN DE ESTUDIOS
 

Requisitos de acceso

1. Con carácter general, podrán acceder al bachillerato de Investigación/Excelencia los alumnos que lo soliciten y hayan participado en el proceso ordinario, de acuerdo con la norma vigente en materia de admisión, para asegurar la obtención de una plaza que permita llevar a cabo otros estudios, en caso de que finalmente no accedan a dicho bachillerato y, que además de cumplir las condiciones de acceso al primer curso de bachillerato establecidas en el artículo 32.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, superen el proceso de selección que se describe en el artículo siguiente.

2. Serán requisitos mínimos para participar en el proceso de selección haber obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria por la opción de enseñanzas académicas, haber accedido a la evaluación final con calificación positiva en todas las materias y tener una calificación final igual o superior a 7 en la etapa.

Si los alumnos solicitaran su inclusión en el proceso habiendo cursado un cuarto de ESO LOE, los requisitos mínimos serían haber obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria con calificación positiva en las materias de Lengua castellana y literatura, Primera lengua extranjera, Ciencias sociales, geografía e historia y Matemáticas y una nota media igual o superior a 7 en la etapa.

Proceso de selección de los estudiantes

1. Los alumnos que deseen acceder a este bachillerato, o sus padres o tutores legales en caso de ser aquellos menores de edad, formularán solicitud en el I.E.S. María de Molina. Dicha solicitud deberá acompañarse de un escrito del alumno, en el que exponga los motivos por los que desea cursarlo y las expectativas en él depositadas, o del tutor de cuarto curso, en el que describa las aptitudes del alumno en relación con este Bachillerato. Las fechas de presentación así como el modelo de solicitud se determinarán anualmente.

2. El proceso de selección se llevará a cabo por una comisión, que estará integrada por el director del centro o persona en quien delegue, el jefe de estudios, el coordinador del bachillerato de investigación/excelencia y  el orientador.

3. El proceso de selección se desarrollará en dos fases:

La primera fase consistirá en una entrevista personal, que tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito los estudios en los que tiene interés y será realizada por al menos tres de los miembros de la comisión contemplada en el apartado anterior, en las fechas que se establezcan para ello.

La segunda fase consistirá en la baremación de al menos dos de los siguientes criterios, a elección del claustro de profesores:

a) Materias cursadas, y calificación obtenida,  a elección del alumno en cuarto curso de educación secundaria obligatoria que estén relacionadas con la modalidad de bachillerato de Investigación/Excelencia. Las materias a considerar se harán públicas con antelación al inicio del procedimiento de acceso.

b) Nota media del expediente académico de los cursos que se puedan acreditar en el momento de formular la solicitud.

c) Participación en certámenes, concursos, olimpiadas, y procedimientos de naturaleza análoga, de ámbito superior al local, relacionados con la modalidad de bachillerato de investigación/excelencia a la que se pretende acceder.

4. La valoración del proceso de selección se realizará otorgando una puntuación máxima de 5 puntos a cada una de las fases, siendo necesaria una puntuación mínima de 3 puntos en la primera fase y de 2 en la segunda para superar dicho proceso.

El centro determinará la ponderación correspondiente a los criterios que opte por considerar en la segunda fase. Los criterios seleccionados, así como su ponderación, se harán públicos con anterioridad al proceso de selección.

5. Los solicitantes aportarán la documentación que acredite los requisitos y extremos objeto de baremación en el momento en que dispongan de la misma de acuerdo con el calendario de actuaciones de finalización del curso académico correspondiente.

6. La suma de la puntuación obtenida en ambas fases constituirá la puntuación total del aspirante. A la finalización del proceso se publicará la relación provisional ordenada por puntuación. Los aspirantes podrán reclamar la puntuación otorgada ante la comisión prevista en el número 2 del presente artículo en el plazo que se establezca al efecto.

7. Resueltas las reclamaciones, se publicará el listado definitivo de los aspirantes que acceden a este bachillerato, resultando seleccionados un número máximo igual al de plazas vacantes ofertadas por el centro, siempre teniendo en cuenta la ratio mínima de 15 alumnos y máxima de 25 alumnos por grupo.

8. Excepcionalmente se podrán incorporar alumnos hasta un mes después del inicio del curso, siempre que haya plazas, se cumplan los requisitos de acceso y se sometan al proceso de selección establecido.

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